Las novedades del sometimiento individual de narcoparas

28 Mayo, 2020

Por CAMILO GONZÁLEZ POSSO

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Presidente de INDEPAZ

Bogotá D.C. 27 de mayo de 2020

 

El gobierno ha anunciado un decreto para promover la deserción individual de integrantes de los llamados Grupos Armados Organizados- GAO, como el Clan del Golfo AGC, dedicados a actividades de apoyo al narcotráfico y a otros negocios. Sería un complemento a las normas ya existentes para desmovilizaciones colectivas e individuales de neoparamilitares o narcoparas.

Parece que lo realmente nuevo en esa norma es que el Alto Comisionado para la paz será verificador de la voluntad de sometimiento de GAOs a la justicia, cumpliendo las funciones que ha tenido desde 1994 y que le vuelve a dar el decreto 601/04/2010. Como diría Mario Moreno, lo nuevo es lo viejo. Lo demás son pequeños retoques a lo que existe como ruta de las desmovilizaciones individuales y que ha operado en más de 62.000 casos desde 2002 a la fecha. Y en contexto con las demás medidas y pronunciamientos, el decreto que se va a promulgar en estos días, da más señales de guerra que muestra de voluntad de paz desde el gobierno.

En medio de la pandemia sale un decreto para promover sometimientos individuales al tiempo que prácticamente se cierra la puerta a soluciones colectivas pactadas con el ELN: El gobierno le pide “dejar de cometer acciones criminales” como condición para pensar en conversaciones, cuando se sabe que por definición una guerrilla subversiva es ilegal y todo los que hace cabe en el código penal o en las infracciones al DIH. Al mismo tiempo, y contra los protocolos firmados ante testigos y garantes internacionales, el presidente Iván Duque Marqués hace causa común con Donald Trump para endurecer el bloqueo a Cuba con el pretexto de la exigencia de extradición de los negociadores del ELN que el gobierno de Colombia traslado de Quito a La Habana para seguir las exploraciones en 2018.

El proyecto de decreto habla en general de GAOs, dejando atrás expresiones como “alzados en armas” y “al margen de la ley” lo que según la definición dada en la ley 1905 de 2018, significa que incluye también al ELN. En las aclaraciones ante la Comisión 1 del Senado el Doctor Miguel Ceballos dice que el ELN es un GAO de otro tipo, de tipo político ¿Porqué no lo dice el decreto proyectado de manera expresa? ¿Porqué se mantiene esa definición de GAO que corresponde a una situación de conflicto armado interno y al tiempo la Política de Seguridad y Defensa se niega a orientar a las FFAA en la aplicación del DIH?1

En la práctica la novedad del mencionado proyecto está en ofrecer algo de lo viejo que está vigente para el ELN a los desertores individuales de grupos “herederos del paramilitarismo”, pelusos, caparrapos y a los residuales del proceso de negociación con las FARC. En varias normas relativas a entrega voluntaria, dejación de armas o sometimiento, se han definido los beneficios para integrantes de grupos armados ilegales o al margen de la ley que obedecen a patrones de macro criminalidad y cuyas conductas no caben en el delito político. De eso tratan normas como los Decretos 3011/2013, 169/2015 o la Ley 1908/2018 que tramita individualmente sometimientos colectivos.

Ahora con el decreto en ciernes, a los integrantes de esos grupos que voluntariamente decidan someterse a la ley les ofrecen un paquete de beneficios económicos y judiciales, con un pago transitorio para sostenimiento ($480.000) por un tiempo que se definirá más adelante, afiliación familiar subsidiada a salud, seguro de vida, una plata por una vez para que ponga un negocio ($8.000.000). Por supuesto que la lista considera también beneficios penales que ya están en el Código y en otras normas. Y les ofrecen pagos adicionales si colaboran con capturas, decomisos, lista de testaferros y otros datos sobre la organización sus redes y negocios. Toda esa lista es cuento viejo si se compara con la que trae la Directiva Permanente 16 de 2007 y sus actualizaciones que tratan del “Pago de bonificaciones económicas a los desmovilizados por entrega de información y material de guerra, intendencia o comunicaciones”.2

La lista de ítems, con descripción y suma a pagar, ocupa cinco páginas de esa Directiva 16 y tiene en común con todas las normas aprobadas para recompensar sometimiento o deserciones que no tiene precio la entrega de listas o nombres de empresarios, financistas, militares o funcionarios civiles que están en la cadena del Patrón Macrocriminal, como determinadores, beneficiarios, cómplices o simples informantes desde posiciones clave en la justicia, los gobiernos o la fuerza pública.

Ese decreto de sometimiento individual a la justicia de miembros de GAOs en realidad es una pieza menor en cuanto a desestructuración y desmantelamiento de las redes criminales que atentan contra la paz y la seguridad. Las cifras de deserciones, desmovilizaciones, sometimientos, que lleva la Agencia Nacional de Reincorporación muestran que después de los acuerdos de paz con las FARC EP, desde enero de 2017 a abril de 2020 se han entregado voluntariamente a la autoridad un total de 1488 personas integrantes de grupos armados ilegales. Un promedio anual de 372 individuos, el 45% de ellos en Antioquia procedentes casi todos de narcoparas. Los demás desmovilizados/sometidos se reparten en Meta, Córdoba y Cesar con promedio anual menor a 60 en cada departamento, regados en mas de 60 municipios.

Esos números de desmovilizados/sometidos no le hacen ni cosquillas a las estructuras armadas de las AGC, Caparrapos y otros de su especie. Los reemplazan en un fin de semana. Pero más que irrelevantes son insignificantes a la hora de analizar el impacto que han tenido en desmantelar los grandes negocios y formas de acumulación que se hacen articulados a las empresas que a la postre se benefician de la actividad criminal. La mayoría de los desmovilizados han sido integrantes de base y los pocos casos de mandos medios o grandes capos armados producen trastornos pero después de un ajuste sangriento de jefaturas los dueños del negocio trasnacional y sus empresarios nacionales recomponen a distancia las líneas de seguridad y sus ejércitos de sicarios.

No estaría mal que si el Alto Comisionado de Paz tiene palabreado a un capo mayor del “Clan del Golfo” o de los Caparrapos para una entrega voluntaria, los beneficios penales estuvieran condicionados a contribuciones públicas a la verdad de ese complejo paramilitar cuyas cabezas de negocio y complicidades corruptas están en centros urbanos donde se encadenan con el lavado de activos, los paraísos fiscales y las grandes finanzas internacionales. Pero desafortunadamente la nueva ruta individual es menos exigente que lo que supone la ley para sometimiento colectivo aprobada en 2018 y frustrada precisamente por el miedo de muchos socios a la verdad judicial.

1 Ver Mindefensa, 2016. Directiva 0015. Consultada en https://www.mindefensa.gov.co/irj/go/km/docs/Mindefensa/Documentos/descargas/Prensa/Documentos/dir_15_2016.pdf

2 Mindefensa, 2007. Directiva Permanente No. 16/2007. Consultada en https://www.mindefensa.gov.co/irj/go/km/docs/Mindefensa/Documentos/descargas/normatividad/PoliticaAsuntosInt/Desmovilizados/NormatividadPAHD/7403__Directiva_Ministerial_16_de_2007_.pdf